¿Qué es un Cheque?
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¿Qué es un Cheque? Bienisimo.com les presenta de forma sencilla qué es un Cheque, cómo funciona, qué tipos existen y qué precauciones tenemos que tener al usarlo.
¿Qué es un Cheque?
El Cheque es uno de los Medios de Pago por el cual nosotros (el librador o deudor) le damos a la Institución Financiera (el librado) donde tenemos nuestra Cuenta Bancaria una orden escrita, de pagar el monto indicado en el cheque en favor a otra persona o empresa (el beneficiario).
Siempre y cuando que tengamos suficientes fondos disponible en nuestra cuenta. El Cheque es pagado siempre a la vista y puede ser de tipo “a la orden”, “al portado” y “nominativo”.
¿Qué tipos de Cheques existen?
Según como emitamos el Cheque existen diferentes tipos:
1. Cheque a la Orden
En este documento tachamos sólo las palabras “o al portador” y no las palabras “la orden de”. Tenemos por obligación escribir el nombre de la persona o empresa beneficiaria. Ésta tendrá que presentar su cédula de identidad a la Institución Financiera en el momento del cobro.
El Cheque a la Orden podemos hacer transferible a través de endoso, lo que significa firmar el reverso del cheque. De esta forma también puede ser cobrado por el último endosatario mencionado en el reverso de este documento.
2. Cheque al Portador
El Cheque al Portador es un cheque en que no techamos las palabras “la orden de” ni “o al portador”.
A diferencia del Cheque a la Orden, el Cheque al Portador es, como el nombre mismo ya indica, siempre transferible sin tener que endosarlo. Cualquier persona que lo lleva es dueña de este mismo y lo puede cobrar o depositar en su Cuenta Bancaria acreditando su identidad con su cédula de identidad.
3. Cheque Nominativo
El Cheque Nominativo es un cheque en que techamos las palabras “la orden de” y “o al portador”.
Ya que este tipo de cheque en un principio no puede ser endosado, sólo puede ser cobrado por la persona indicada en este documento, su representante legal o por su apoderado. La única excepción de endoso es el en favor a una Institución Financiera indicando la expresión “para ser depositado en mi cuenta corriente" o "valor en cobro" por lo que nos cobrarán una comisión.
4. Cheque Cruzado
El Cheque Cruzado es un cheque en que trazamos de forma paralela dos líneas desde el borde inferior al borde superior cruzando así el documento completo.
Los tres tipos de cheques anteriormente mencionados (Cheque a la Orden, Cheque al Portador, Cheque Nominativo) podemos usar de manera cruzada.
Es importante que señalicemos que la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques exige que sea cobrado sólo a través de un banco depositando el dinero en la Cuenta Corriente del Beneficiario (la persona o empresa indicada en el documento).
Por lo tanto no puede ser cobrado por caja. Esta condición no la puede cambiar nadie posteriormente a la emisión del cheque, ya que la ley prohíbe de hacer cualquier modificación en el Cheque Cruzado.
Podemos distinguir entre dos tipos de Cheques Cruzados:
I. Cheque Cruzado en General: En este tipo de cheque le colocamos en su frente las mencionadas dos líneas transversales y paralelas.
II. Cheque Cruzado en Especial: En este tipo de cheque le colocamos a las dos líneas transversales y paralelas en su frente adicionalmente entre ellas el nombre de un banco. Esto exige al beneficiario de presentar y girar el cheque sólo y únicamente en el banco indicado.
5. Cheque Endosado
Este documento corresponde a un cheque que no sea nominativo que en su parte posterior tiene la firma del beneficiario, mediante la cual se permite al tenedor del cheque cobrarlo en un banco o entregarlo mediante endoso, a otra persona.
El endoso es la firma al dorso del cheque por la que el beneficiario lo transfiere en dominio, lo entrega en cobro o lo constituye en prenda. Todo endoso debe ser firmado por la persona que lo extiende y la firma hecha por mandato de otro debe indicar esa circunstancia.
Ahora bien, las personas jurídicas que endosen cheques deben completar el endoso con la expresión "por poder" o "p.p" e indicar claramente el nombre de la empresa o institución. Los cheques que no cumplan con este requisito deberán protestarse por endoso incompleto.
6. Cheque a Fecha
La Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques dispone que el cheque es siempre pagadero a la vista y que cualquier mención en contrario se entenderá por no escrita.
Asimismo, señala que el cheque presentado a cobro antes del día indicado como fecha de emisión, es pagadero el día de su presentación.
En consecuencia, los bancos deben proceder a pagar o protestar por falta de fondos, cuenta cerrada, orden de no pago u otras causas, según proceda, los cheques que se les presenten a cobro, aunque lleven una fecha de emisión posterior al día de su presentación.
7. Cheque Viajero
Este documento es un cheque emitido por un banco por un valor específico. Generalmente en una moneda dura, a requerimiento de una persona que lo adquiere para si misma.
Sirve como medio de pago en cualquier país. Su emisión y uso se encuentran sujetos a regulaciones específicas.
Cada cheque viajero incluye la impresión previa de la firma de su poseedor. Ella sirve para cotejarla posteriormente con la que se coloque en el documento al momento de hacerlo efectivo. Es frecuente su emisión en chequeras con cheques de distinta denominación, para facilitar su uso.
8. Cheque Protestado
Cuando un cheque es presentado a cobro en el banco y no existen fondos para pagar íntegramente el monto que indica, éste debe ser protestado.
De acuerdo a la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, el protesto por falta de fondos debe efectuarlo el banco en forma obligatoria y sin necesidad de que la persona que presente el cheque lo solicite.
Las causas que la ley indica para protestar los cheques son cuatro:
- Causales de forma: son las relacionadas con la forma del cheque; por ejemplo, firma disconforme, fecha inexistente, diferencia entre la indicación de la cantidad en letras y números, etc.
- Caducidad del cheque: ocurre cuando se cobra fuera del plazo establecido por la ley; en este caso el protesto se hará si lo pide quien desea cobrarlo o cuando lo cobra por intermedio de otro banco.
- Orden de no pago: si quien lo giró ha dado una orden de no pago, el banco debe protestarlo, dejando constancia que existía una instrucción para hacerlo sin atender a la causal que se indique o si la cuenta dispone o no de los fondos necesarios para su pago.
- Falta de fondos: cuando no hay dinero para cubrir el monto que indica el cheque. También esta causa se indica cuando la cuenta está cerrada y llega a cobrarse un cheque girado con anterioridad.
Cada vez que un cheque se protesta por esta última causa, el banco debe informar del mismo al "Boletín de Informaciones Comerciales" de la Cámara de Comercio de Santiago, para que lo incorpore en su registro y pueda ser consultado por otros bancos y el público en general.
¿Cómo funciona un Cheque?
Cuando un cliente bancario llena un cheque y lo entrega para hacer un pago, lo que en realidad está haciendo es entregar una orden al Banco. Para que éste pague los fondos que se indican en el documento.
El banco, por lo tanto, debe pagar lo que se indica en el momento en que el cheque le sea presentado Esto sin importar si la fecha es futura (para la ley no existen los "cheques a fecha"). En cambio, si la fecha es pasada, rigen ciertos plazos determinados por la propia ley y las normas de la Superintendencia. Estos hacen que un cheque quede inválido cuando han transcurrido determinados plazos.
¿Qué precauciones especiales tengo que tener al usar un Cheque?
Es muy importante que la persona que haga el cheque, esté seguro de que al momento en que se cobre el documento, en la cuenta haya fondos suficientes para cubrir dicho monto.
De no haber la cantidad de dinero indicada en el cheque, éste será protestado. El girador del mismo (es decir el dueño de la cuenta corriente) tendrá importantes consecuencias.
Conclusión
El cheque es una forma de pago con el cual les damos mediante una orden escrita al banco de proceder según instruido. Hoy en día es usado con cada vez menos frecuencia. Sin embargo aún se usa por ejemplo para documentar el pago de futuros arriendos y para dejar una garantía en notaria para compras inmobiliarias.
También nos sirve para traspasar montos importantes de una cuenta bancaria a otra. Esto dado que el monto máximo para hacer transferencias bancarias generalmente es de 5 millones de Pesos Chilenos.
De todas formas siempre tenemos que tener precaución. Con la forma como emitimos un cheque y a quién se lo entregamos. Así evitamos posibles fraudes y preocupaciones.
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